Normativa reguladora de la transparencia de las operaciones bancarias y protección a la clientela
La normativa que regula la transparencia de las operaciones bancarias y protección a la clientela, aparece recogida en las siguientes disposiciones:
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 de diciembre de 1989 (B.O.E. del 19 de diciembre), sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de entidades de crédito.
- Ley 7/1995 de 23 de marzo (B.O.E. del 25 de marzo), de Crédito al Consumo.
- Orden de 5 de mayo de 1994 (B.O.E. del 11 de mayo) del Ministerio de la Presidencia, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.
- Ley 2/1994 de 30 de marzo (B.O.E. del 4 de abril) sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
- Circular 8/1990 de 7 de septiembre del Banco de España (B.O.E. del 20 de septiembre), a entidades de crédito, sobre transparencias de las operaciones y protección de la clientela.
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 25 de octubre de 1995 (B.O.E. del 2 de noviembre), que desarrolla el Real Decreto 629/1993, de 3 de mayo, sobre normas de actuación en los mercados de valores y registros obligatorios.
- Circular 1/1996 de 27 de marzo de 1996 (B.O.E. del 9 de Abril) de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre normas de actuación, transparencia e identificación de los clientes en las operaciones.
Tarifas
De acuerdo con la normativa citada tenemos a disposición de nuestros clientes, el Libro de Tarifas, Condiciones de Valoración y Gastos repercutibles a la clientela, que ha sido comunicado al Banco de España y en su caso, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Asimismo, nuestros clientes pueden solicitar gratuitamente ofertas vinculantes de créditos al consumo y prestamos hipotecarios, a las que se refiere la Ley 7/1995 de 23 de marzo y la Orden 5 de mayo de 1994 antes citadas.
Tarifas de Comisiones y Gastos repercutibles a clientes
Reclamaciones
Existe un SERVICIO DE RECLAMACIONES EN EL BANCO DE ESPAÑA, encargado de recibir y tramitar las reclamaciones formuladas por los clientes de las entidades de crédito, relativas a operaciones concretas que efectúen.
ibanesto cuenta con un SERVICIO DE RECLAMACIONES, órgano equivalente al defensor del Cliente, cuya dirección es:
Avenida Gran Vía de Hortaleza, 3 - 28043 MADRID
A dicho SERVICIO DE RECLAMACIONES, puede dirigirse por escrito la clientela para cualquier reclamación que desee efectuar, siendo ello requisito necesario y previo a la formulación de reclamaciones ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA.
Las reclamaciones relativas a operaciones en los mercados de valores, pueden formularse ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Departamento de Atención al Público), de conformidad con las funciones de supervisión e inspección de los mercados de valores que la Ley atribuye a dicho organismo.
Existen igualmente personas y órganos encargados de atender las reclamaciones de los inversores en la Bolsa de Valores de Madrid y en los Mercados de MEFF Renta Fija y MEFF Renta Variable.
Declaración obligatoria tipos operaciones de activo:
Para consultar los tipos de operaciones de activo presentados por el Banco Español de Crédito al Banco de España, pulse Declaración obligatoria de tipos de operaciones activas